El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas. El estado colombiano tiene la obligación de ofrecer protección a las personas que gozan del trabajo, pues en Colombia el empleador tiene el deber de darle al empleado unas prestaciones por sus servicios que ayuden a favorecer la calidad de vida del empleado y que así el mismo empleado pueda hacer un trabajo bueno y de calidad. Si el empleador quiere ver resultado buenos y provechosos también tiene que darle al empleado motivaciones para que éste trabaje de la forma correcta.
El derecho laboral en Colombia tiene como marco regulatorio la constitución política de 1.991, los tratados y convenios internacionales suscritos por Colombia el código sustantivo del trabajo.
ARTICULO 25: La constitución Nacional dice lo siguiente; El trabajo es un derecho y una obligación social y goza en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado.
ARTICULO 26: Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. La ley podrá exigir títulos de idoneidad. Las autoridades competentes inspeccionaran y vigilaran el ejercicio de las profesiones. Las ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social. De acuerdo con la constitución política, el derecho al trabajo es un derecho fundamental de todas las personas que debe ser garantizado por el Estado. Adicionalmente, la constitución política consagra el derecho de asociación sindical, que ampara tanto a los trabajadores como a los empleadores. Estas disposiciones concuerdan con los tratados internacionales de los que Colombia es parte, tales como la declaración universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
El derecho laboral se divide en dos áreas: el derecho laboral individual, que regula las relaciones entre el empleador y sus trabajadores y el derecho laboral colectivo, que regula las relaciones entre el empleador y los trabajadores reunidos en asociaciones, sean estas sindicales o no. Para que una persona emplee debe firmar un contrato, El contrato de trabajo puede ser verbal o escrito, sin que se requiera una forma especial, y por su duración se clasifica en contrato a termino fijo, contrato a termino indefinido,contrato por la duración de una labor determinada y contrato accidental o transitorio. Su paga se llama salario, que viene siendo la remuneración básica pactada por las partes, en dinero o especie, mas todo aquello que recibe el empleado como pago por el trabajo en horario nocturno, horas extras, comisiones o viáticos, y remuneración por trabajo en d!as de descanso obligatorio. El empleador debe pagar además las prestaciones o beneficios reconocidos por la ley, las convenciones colectivas, o aquellos beneficios establecidos unilateralmente por él mismo. Este vendría siendo el salario ordinario, existen otros como el salario mínimo legal.
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